Estamos en plena campaña para presentar la declaración de la renta de 2022, todos queremos que la declaración nos salga a devolver, pero si sale a pagar deseamos que sea lo menor posible. No obstante, si tienes más de 65 años puedes tener ciertas facilidades a la hora de hacer la declaración que pueden ayudar a pagar menos.

- Comprobar las posibles deducciones que preste cada autonomía. En función de la comunidad autónoma en la que se resida, es posible que pueda optar a diferentes opciones para ahorrar. Por ejemplo, en Aragón se hace una rebaja de 75€ a mayores de 70 años, en Canarias asciende a los 120 y en Castilla la Mancha llega a los 150. También hay gobiernos que ofrecen deducciones por viudedad, como en el caso de Extremadura.

- Tener cuidado a la hora de regalar dinero a familiares. Es recomendable que, para eliminar la presunción de onerosidad, se debe acudir a un notario para demostrar que no se cobran intereses. Otra opción válida es la de presentar el modelo del impuesto de transmisiones patrimoniales.

- Vigilar la edad a la que se produce un relevo en los negocios familiares. Dependiendo de la edad a la que se produzca este relevo, será obligatorio o no pagar un impuesto de transmisiones patrimoniales. A partir de los 65 años este impuesto no será necesario pagarlo. En su defecto, el relevo se podrá hacer también ante notario para aclarar que no se cobran intereses y que no hay presunción de onerosidad.

- Rescatar los planes de pensiones. Si se valora retirar dinero del plan de pensiones en forma de capital y está cerca la jubilación, se puede acceder a una reducción del 40% en aportaciones previas al 2007. Si en lugar de como capital, se rescata como renta, esta ayuda no será posible.

- Venta de patrimonio para renta vitalicia. Si en el caso de vender un patrimonio, y antes de los 6 meses se destina íntegramente a la renta vitalicia, esta no tributará. Es necesario que la venta no supere los 240.000€ para que esto suceda. Además, se recomienda valorar el hecho de esperar a los 65 años para realizar una operación de esta índole.

- Las hipotecas inversas. Los beneficios obtenidos por este tipo de préstamos en el que el banco paga por quedarse el inmueble en un futuro no tributan.

- Las ayudas estatales para mayores de 65. Este tipo de ayudas, ya sea para pagar la estancia en residencias, o simplemente para poder vivir, no requieren pagar IRPF. Esto sucederá siempre y cuando el resto de sus rentas no superen el doble del IPREM.

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