La muerte de un familiar es un momento duro y difícil de asimilar, pero puede ser incluso más complicado para aquellas personas que la situación económica del hogar dependía una gran parte del sueldo del difunto. Por esta misma razón, la Seguridad Social pone a disposición de los seres queridos del fallecido una serie de prestaciones económicas que pueden ayudarles a llegar a fin de mes.

Sin duda, la más conocida es la pensión de viudedad. Sin embargo, existen otras prestaciones que pueden solicitarse en la Seguridad Social, siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos establecidos.

Qué pensiones proporciona la Seguridad Social

1. Pensión de viudedad.Es aquella que se concede a aquellas personas que han tenido un vínculo matrimonial o han sido pareja de hecho con el difunto. Para poder solicitar esta pensión se deben cumplir una serie de requisitos:

2. Pensión de orfandad. Se trata de otra prestación económica que aporta la Seguridad Social y que se concede a los hijos de la persona fallecida. Se debe solicitar durante los primeros 3 meses tras el fallecimiento del difunto. En caso de hacerlo fuera del plazo establecido, la pensión se abonará en 3 meses desde la fecha en la que se presenta la solicitud. Para poder solicitarla se deben cumplir una serie de requisitos:

3. Pensión vitalicia a favor de familiares. Esta prestación de la Seguridad Social está dirigida a los familiares que han convivido y dependido económicamente del fallecido. Eso sí, se deben cumplir una serie de requisitos.

4. Pensión de auxilio por defunción. Esta ayuda económica se reconoce a quienes han soportado los gastos del entierro del causante fallecido durante los 5 años posteriores al fallecimiento. Por esta razón, podrán acceder a esta ayuda aquellas personas que han asumido los gastos del funeral.

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